Norma ISO 10816
Norma ISO 10816
Establece las condiciones y procedimientos generales para la medición y evaluación de la vibración, utilizando mediciones realizadas sobre partes no rotativas de las máquinas. El criterio general de evaluación se basa tanto en la monitorización operacional como en pruebas de validación que han sido establecidas fundamentalmente con objeto de garantizar un funcionamiento fiable de la máquina a largo plazo. Esta norma reemplaza a las ISO 2372 e ISO 3945, que han sido objeto de revisión técnica. Este estándar consta de cinco partes:
- Parte 1: Indicaciones generales.
- Parte 2: Turbinas de vapor y generadores que superen los 50 MW con velocidades típicas de trabajo de 1500, 1800, 3000 y 3600 RPM.
- Parte 3: Maquinaria industrial con potencia nominal por encima de 15 kW y velocidades entre 120 y 15000 RPM.
- Parte 4: Conjuntos movidos por turbinas de gas excluyendo las empleadas en aeronáutica.
- Parte 5: Conjuntos de maquinas en plantas de hidrogeneración y bombeo (únicamente disponible en inglés)
Este nuevo estándar evalúa la severidad de la vibración de maquinaria rotativa
a través de mediciones efectuadas en planta en partes no giratorias de las
mismas. Engloba y amplia los estándares citados anteriormente.
Los criterios de vibración de este estándar se aplican a un conjunto de
máquinas con potencia superior a 15 kW y velocidad entre 120 RPM y 15.000
RPM. Los criterios son sólo aplicables para vibraciones producidas por la
propia máquina y no para vibraciones que son transmitidas a la máquina desde
fuentes externas. El valor eficaz (RMS) de la velocidad de la vibración se utiliza
para determinar la condición de la máquina. Este valor se puede determinar
con casi todos los instrumentos convencionales para la medición de vibración.
Las mediciones deben realizarse cuando el rotor y los descansos principales
han alcanzado sus temperaturas estacionarias de trabajo y con la máquina
funcionando bajo condiciones nominales o específicas (por ejemplo de
velocidad, voltaje, flujo, presión y carga).
En máquinas con velocidad o carga variable, las velocidades deben realizarse
bajo todas las condiciones a las que se espera que la máquina trabaje durante
períodos prolongados de tiempo. Los valores máximos medidos, bajo estas
condiciones, serán considerados representativos de la vibración. Si la vibración
es superior a lo que el criterio permite y se sospecha de excesiva vibración de
fondo, las mediciones se deben realizar con la máquina detenida para
determinar el grado de influencia de la vibración externa. Si con la máquina
detenida excede el 25% de la vibración medida con la máquina operando, son
necesarias acciones correctivas para reducir el efecto de la vibración de fondo.
En algunos casos el efecto de la vibración de fondo se puede anular por
análisis espectral o eliminando las fuentes externas que provocan las
vibraciones de fondo.
La severidad de la vibración se clasifica conforme a los siguientes parámetros:
- Tipo de máquina.
- Potencia o altura de eje.
- Flexibilidad del soporte.
Clasificación de acuerdo al tipo de máquina, potencia o altura
de eje
Las significativas diferencias en el diseño, tipos de descanso y estructuras
soporte de la máquina, requieren una división en grupos. Las máquinas de
estos grupos pueden tener eje horizontal, vertical o inclinado y además pueden
estar montados en soportes rígidos o flexibles.
- Grupo 1: Máquinas rotatorias grandes con potencia superior 300 kW. Máquinas eléctricas con altura de eje H >= 315 mm.
- Grupo 2: Máquinas rotatorias medianas con potencia entre 15 y 300 kW. Máquinas eléctricas con altura de eje 160 =< H =< 315 mm.
- Grupo 3: Bombas con impulsor de múltiples álabes y con motor separado (flujo centrífugo, axial o mixto) con potencia superior a 15 kW.
- Grupo 4: Bombas con impulsor de múltiples álabes y con motor integrado (flujo centrífugo, axial o mixto) con potencia superior a 15 kW.

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